¿Fiscalía controvierte a Corte Suprema con decisión en caso Uribe? | El Nuevo Siglo
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Viernes, 5 de Marzo de 2021
Redacción Nacional

El proceso penal que la Sala de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia abrió contra el entonces senador y expresidente Álvaro Uribe Vélez, mediante auto del 16 de febrero de 2018, se basó en una decisión del alto tribunal. ¿Cuál? Ese día, la Sala de Casación Penal se abstuvo de abrir instrucción al senador del Polo, Iván Cepeda, y compulsó copias contra su denunciante, precisamente Álvaro Uribe, a quien le abrió investigación por los delitos de soborno y fraude procesal.

Ese proceso contra el congresista y exmandatario se adelantó en la Corte, hasta que Uribe renunció en agosto del año pasado, alegando falta de garantías en el máximo tribunal, y su caso pasó entonces a la Fiscalía, que en la mañana de este viernes pidió a un juez la preclusión del proceso por no encontrar mérito para acusarlo por los delitos ya señalados.



La pregunta, entonces, es: ¿con la decisión de este viernes de la Fiscalía de pedir la preclusión en caso de Uribe, el fiscal del caso está controvirtiendo a la Corte y podría, entonces, llegar a ser investigado por delitos como prevaricato por acción u omisión?

“No, hay que diferenciar claramente los procesos. Se trata de escenarios distintos, sin ninguna consecuencia fáctica el uno sobre el otro, ya que el caso de Uribe en la Corte se abrió por presuntos hechos constitutivos de delitos posteriores al auto de la Corte sobre Cepeda y su archivo”, explicó a EL NUEVO SIGLO un experto abogado penalista, que pidió la reserva de su nombre.

Agregó que la Corte “siempre ha sido clara en que los hechos que investigaba en el caso Uribe eran posteriores al auto inhibitorio del 16 de febrero de 2018, cuando la Sala de Casación Penal se abstuvo de abrir instrucción a Cepeda y compulsó copias contra Uribe”.



Incluso en el comunicado que expidió la Corte en julio de 2018, citando a indagatoria a Uribe y el parlamentario Hernán Prada queda claro –según el penalista consultado– que “… como reacción a esa providencia judicial (la de Cepeda) y al parecer con su consentimiento, personas allegadas al expresidente Uribe habrían emprendido nuevos actos de manipulación de testigos”.

En la indagación preliminar, ordenada el 22 de febrero (de 2018) para corroborar estos últimos hechos, la Corte halló elementos de juicio para iniciar este proceso en el que los congresistas Uribe y Prada deberán responder por los mencionados delitos”.

Así las cosas, de acuerdo al penalista, “la decisión de la Fiscalía hoy no está controvirtiendo el acto inhibitorio de la Corte sobre Cepeda, que sigue en firme, ni mucho menos controvirtiendo una sentencia del máximo tribunal… Simplemente, el fiscal del caso consideró que el proceso preliminar que la Corte llevaba contra Uribe, en donde no había fallo alguno ni calificación final de delito como tampoco llamado a juicio, no tenía mérito para seguir adelante”.



“Se equivocan –añadió– quienes sostienen que la Fiscalía controvierte una decisión de la Corte, pues nunca la hubo sobre el caso Uribe, simplemente se llevaba allá una investigación preliminar que no concluyó porque el caso pasó a la Fiscalía y en esta se siguió adelante con el expediente, determinando ahora que no hay mérito para acusar, así de sencillo”.

Según el comunicado este viernes de la Fiscalía, “luego de la valoración integral de los elementos materiales probatorios, la evidencia física y la información legalmente obtenida durante el curso del proceso, el fiscal del caso estableció que varias de las conductas por las cuales se vinculó jurídicamente al excongresista no tienen la característica de delito, y otras que sí lo son, no se le pueden atribuir como autor o participe”.