Corte Constitucional, ávida de más demandas ciudadanas | El Nuevo Siglo
Juan Carlos Esquerra Portocarrero (izq); Nilson Pinilla Pinilla y José Gregorio Hernández Galindo.
ENS
Domingo, 2 de Mayo de 2021
Redacción Web

El pasado 17 de febrero la Corte Constitucional cumplió 29 años ejerciendo la suprema misión de la defensa y salvaguarda de nuestra Carta Política, considerada una de las más garantistas del mundo.

Desde entonces el alto tribunal se constituyó en el órgano de cierre judicial cuyas decisiones no son objeto de revisión por ninguna otra instancia ya que hace tránsito a cosa juzgada constitucional.

Sin embargo, la misma estructura de nuestra Constitución le fijó a la corporación unas facultades pero también unos límites, entre estos que sus decisiones deben ser rogadas, esto en respuesta a una demanda ciudadana frente a cualquier ley expedida por el Congreso de la República.

Y salvo contadas excepciones previstas en la propia Carta el tribunal actúa de oficio para el control automático, por ejemplo, de las normas dictadas al amparo de los estados de excepción, las leyes aprobatorias de tratados internacionales y el contenido de los mismos; en la objeciones por inconstitucionalidad a un proyecto de ley formuladas por el Presidente de la República, o las leyes que convocan a referendo o asamblea constituyente.

No obstante, en diversas ocasiones la Corte ha tenido que emitir fallos modulados o condicionados, precisamente para garantizar el cumplimiento de un derecho fundamental o para proteger la estabilidad jurídica de la nación.

Es por ello que en muchos casos se afirma que la Corte Constitucional colegisla, es decir invade órbitas del Congreso, pero los expertos sostienen que ello se debe a que, vía jurisprudencia o por revisión de tutela, la Corte entra a llenar vacíos que ha dejado el Congreso.

Un ejemplo: el Estatuto del Trabajo debió ser expedido por el Congreso desde 1992 pero no lo ha hecho. Entonces la Corte ha tenido que hacerlo vía sentencias y jurisprudencia.

Hoy, cuando la Corte Constitucional va rumbo a cumplir tres décadas de existencia, aún quedan pendientes varias materias en las que se espera un pronunciamiento de fondo del alto tribunal. Tres reconocidos constitucionalistas consultados por EL NUEVO SIGLO sostienen que si a la Corte le falta abordar algún tema, se debe a que la norma respectiva no ha sido demandada.

“Ha faltado contundencia”

El exministro y exconstituyente Juan Carlos Esguerra Portocarrero dice que la Corte “se ha pronunciado sobre todos los temas”, y si hay alguno pendiente “es porque por definición es reactiva más que proactiva, es decir que la Corte tiene que pronunciarse sobre demandas acerca de leyes expedidas por el Congreso o le toca hacerlo por la vía de tutela”.

Sin embargo, el experto considera que al tribunal “le ha faltado contundencia” a la hora de ciertos pronunciamientos, en especial de sentencias sobre normas contra la corrupción “pues ha debido ir más allá” muy a pesar que pueda ser tildada de desbordar la órbita de otras ramas del Poder Público.

En cambio asegura que tal contundencia “sí la tuvo” frente a la reelección presidencial: “La Corte fijó los límites exactos de la reelección, por eso a nadie se le ha ocurrido volver a pensar en esa posibilidad”, afirma.

Esguerra Portocarrero advierte que aún con sus limitaciones, a la Corte le ha faltado un pronunciamiento “así sea tangencial” sobre la misión de la Comisión de Acusaciones de la Cámara de Representantes, la composición del Estado o las facultades extraordinarias que el Congreso da al Presidente de la República durante los estados de excepción.

“No es la Corte, son los ciudadanos”

El abogado Nilson Pinilla Pinilla es el único colombiano que ha sido presidente de la Corte Suprema de Justicia y presidente de la Corte Constitucional. El jurista dice que nuestra Constitución Política “es magnífica, a pesar de las 55 reformas que le han hecho”.

Conocedor de la Carta, Pinilla no duda en que “la Corte no tiene materias pendientes, sino que los ciudadanos no se atreven a demandar normas que consideran lesivas pero las soportan”.

Pinilla recuerda que la Corte actúa de manera rogada, salvo en los casos de control automático, pero no duda en que hay grandes temas nacionales que merecerían ser demandados para que la misma siente jurisprudencia.

“Los ciudadanos estamos en mora de propiciar unos cambios en materia constitucional para reducir los gastos burocráticos del Estado. Por ejemplo, acabar las Asambleas Departamentales, que no sirven para nada sino para aprender a hacer política torcida y después llegar al Congreso. Las Asambleas deberían acabarse, la democracia no perdería nada pero sí ganaríamos muchos recursos para invertir en salud, educación, en vías terciarias”, asegura.


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Lo mismo dice del cuerpo diplomático: “los entes de control no están cumpliendo su deber de verificar quién llega al servicio exterior, con muy buenos sueldos, pero muchos son unos vagos sin capacitación. La diplomacia sirve solo para pagar favores políticos”, sostiene.

Lo mismo dice el jurista de entidades como la Procuraduría, la Contraloría o la Defensoría del Pueblo o la Fiscalía General de la Nación: “se utilizan para devolver favores políticos con cargos de altos salarios a quienes los ternaron o los eligieron”.

Por eso no duda en afirmar que “lo que falta es más iniciativa de los ciudadanos para demandar la exequibilidad de esas normas y que nuestra democracia sea en verdad participativa, y no simplemente salir como borregos a votar por el que nos da un empleo”, afirma de manera categórica.

Pinilla también cuestiona que “la ciudadanía no se conmueva” con lo que pasa en el Congreso de la República: “Hace muchos años debimos hacer una gran manifestación pacífica frente al Congreso porque son ellos los que se están robando el país. Sería más que suficiente tener un senador y tres representantes por departamento, y que trabajen de verdad”.

“No encuentro temas pendientes”

José Gregorio Hernández Galindo fue presidente de la primera Corte Constitucional y autor de la primera sentencia de ese tribunal. En su opinión “no existe un solo tema en el que la Corte no se haya pronunciado, todos los que han sido puestos a su consideración los ha abordado de oficio, por demanda ciudadana o por vías de tutela”.

El jurista reconoce que “es posible que la Corte haya colegislado en algunos casos”, como en las sentencias sobre la eutanasia, el aborto o la dosis personal, pero han sido excepcionales. “Lo que hace la Corte es proferir fallos muy condicionados, modulados, interpretativos, llenando vacíos que ha dejado el legislador en aras de garantizar derechos fundamentales del ciudadano”.

Pero también explica que en muchos casos la corporación ha tenido que declararse inhibida porque no tiene competencia pues el tema corresponde a otra jurisdicción.

Hernández, incluso, critica al propio tribunal por decisiones que no comparte, como no aceptar ciertas demandas de inconstitucionalidad “por ineptitud”, es decir porque no llena todos los requisitos formales “que no están previstos ni en la Constitución ni en la ley, y que todo ciudadano no tiene por qué saberlo”, sostiene.

Tampoco está de acuerdo con algunas sentencias moduladas, como la ley que creó el Ministerio de Ciencia y Tecnología y que fue declarada inexequible pero seguirá rigiendo dos años más mientras el Congreso expide otra norma. “Eso no se compadece con la función de salvaguarda y supremacía de la Constitución”, concluye.