Cuando conviene fijar tasas de mora | El Nuevo Siglo
Viernes, 14 de Febrero de 2025

Entre los dardos que suele lanzar el gobierno del presidente Petro, bastante habituales en las horas de los noticieros de la mañana por las redes sociales, empieza a mencionarse la posibilidad de eliminar la referencia de la tasa de interés máxima de mora que se puede cobrar sobre préstamos, como control a la usura. Habría que pensar su conveniencia e intención. No vaya a ser que alimente los préstamos ilegales del gota a gota.

Tal vez los libertarios, que están de moda, apoyarían la medida en cuanto puede considerarla un control de precios inapropiado, en cuanto una toma de crédito debería verse un libre acuerdo entre las partes. Sin embargo, es en principio un límite y una referencia con un esclarecido fin. Así, cuando se supera el límite de la tasa de mora máxima ya pasa entonces a considerarse usura. Como tal se asimila con el querer limitar los cobros excesivos y hasta abusivos o desmesurados, dentro de su definición.

El hecho no está tanto en cuánto se considera excesivo, que viene a ser subjetivo. Un país puede considerar usura cuando se supera por dos los intereses bancarios y otro en menos o en más de estos puntos. Además, porque la brillante legislación colombiana determina tasas de mora máximas distintas según las diferentes modalidades de crédito: de consumo y ordinario, productivo, entre otros (sin entrar a comprender que cobija el nombre de crédito popular productivo, que parece ser de menores montos y cobros altísimos de tasas).

En realidad, la tasa de usura es cambiante, pues como se trata de una fórmula, la tasa máxima de mora puede estar más alta o más baja según la coyuntura y depende en general del promedio de los intereses corrientes que estén cobrando los bancos sobres sus créditos, en un período determinado, multiplicado por 1.5 veces. También, entonces, puede ser el deseo del gobierno de intervenir en el nivel de las tasas de interés más allá de las facultades dadas a la Junta del Banco de la República.

Más allá del propósito de tener un referente que permita decir: ¡eso ya es tasa de usura!, un estudio de ANIF intenta demostrar que los cambios normativos sobre la base de la fórmula tradicional bajan el techo y pueden propiciar, reflexionando, un menor acceso al crédito formal a sectores de más alto riesgo, que estarían felices de obtener un crédito, aun a mayor costo y no perder dicha oportunidad. Puerta que además puede convertir el gota a gota en una alternativa.

Cuando se habla de economía popular, el acceso a quienes están por fuera de las posibilidades de adquirir productos y servicios del sistema financiero formal debería ser visto como un crucial propósito, pues más personas y emprendimientos podrían sostener sus proyectos productivos o realizar las metas y el consumo anhelado. Eso es superación de la pobreza. Un hecho como estos le daría la vuelta a la frase de muchos de: “sólo se le presta a quien menos lo necesita”.

*Presidente Corporación Pensamiento Siglo XXI

atisbosmariaelisa@gmaeil.com