El engaño al consumidor
LA Superintendencia de Industria y Comercio acaba de producir una decisión que promete tener amplias repercusiones en la defensa de los consumidores y, por ende, en las prácticas de mercadeo de las empresas colombianas, no sólo del sector industrial, sino también en el de servicios, incluyendo los de salud.
La Superintendencia intervino en un campo que algunos consideraban fuera de su jurisdicción, el de los productos sujetos al control del Invima, es decir, el de medicinas y alimentos. Vale la pena mencionar que el Invima no se ha caracterizado hasta ahora por su eficiencia en este campo y así podemos ver en los medios como la televisión, especialmente en sus secciones de “telemercadeo” o en la radio, cómo se promocionan productos que supuestamente producen efectos milagrosos, por ejemplo, artefactos mecánicos que en 15 días producen un cuerpo escultural, tratamientos que eliminan las arrugas del envejecimiento o, como el penalizado por la Superintendencia, que afirman contener el secreto de la eterna juventud. Todos hemos oído anunciar sustancias que curan todos los males existentes y el mismo producto se dice sirve para la próstata, los dolores de cabeza y la acidez estomacal.
La Superintendencia de Industria y Comercio no había incursionado en este campo y quiere, en buena hora, llenar el vacío del Invima. Naturalmente vendrán ahora toda clase de recursos jurídicos, a los que los afectados tienen derecho, como reposiciones y procesos ante el Consejo de Estado. Ojalá que nuestros jueces, hoy tan dados a querer legislar, apliquen a este caso las normas legales existentes con el ánimo de defender a los consumidores, tal como fue el objetivo del Decreto 3466 de 1982, vigente hasta el 12 de abril de este año, cuando entrará en vigor el nuevo Estatuto del Consumidor o Ley 1480 de 2011, más exigente que las normatividad vigente.
Vayan poniendo su barba en remojo quienes anuncian tratamientos médicos milagrosos bajo el nombre de medicina alternativa o tratamientos naturistas y no me refiero sólo al chamán que dice hacer llover. Debe exigirse a estos tratamientos prueba de su eficacia so pena de incurrirse en publicidad engañosa. Debería hacerse una estadística de cuantas personas mueren por no someterse a tratamientos ortodoxos creyendo que estos mercaderes de esperanzas los van a curar.
Los tribunales de ética médica, algunas veces acusados de proteger más el espíritu de cuerpo profesional que la salud de los pacientes, deben considerar que las disposiciones del Estatuto del Consumidor se aplican, no sólo a productos físicos, sino también a tratamientos. Como en otros países, laboratorios farmacéuticos que promocionan medicamentos para enfermedades no expresamente aprobados, o los médicos que los recetan para estos casos, son severamente sancionados. Esperamos que las asociaciones médicas no traten de combatir la intervención de la Superintendencia de Industria y Comercio alegando que sólo el Invima puede vigilar las actividades de salud.