En desarrollo de la reforma tributaria que entró en vigencia en 2017, el Gobierno nacional inició la capacitación de los pequeños y medianos empresarios del país en el tema del monotributo.
Este impuesto creado por la Ley 1819 de 2016, busca promover la formalización empresarial, por lo que el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo -en alianza con la DIAN, Fenalco, Colpensiones y las cámaras de comercio del país- pondrán en marcha desde el próximo 6 de marzo un ciclo de capacitaciones para pequeños empresarios y personas naturales de diez ciudades.
En estas capacitaciones, que tendrán lugar en las sedes de las cámaras de comercio de las diez ciudades, se explicará a pequeños empresarios y comerciantes las bondades de acogerse al monotributo, un impuesto que se presenta y se paga anualmente. Además, éste sustituye al tributo sobre la renta y complementarios del año gravable 2018.
¿Qué es El Monotributo?
Se trata de un tributo voluntario y alternativa al impuesto sobre la renta. Pueden acceder personas naturales y comerciantes al por menor que tengan ingresos brutos anuales que oscilen entre $46 millones y $116 millones, y que desarrollen su actividad económica en un área igual o menor a 50 metros cuadrados.
“La formalización es determinante para que nuestros empresarios cuenten con los incentivos y las oportunidades que ofrece el Estado, además implica que los colombianos tengan empleos de calidad”, afirmó la ministra de Comercio, Industria y Turismo, María Lorena Gutiérrez.
Los beneficios
Quienes se acojan esta impuesto no deberán hacer declaración de renta ni pagar IVA. Además, pagarán menores impuestos que con la tarifa ordinaria de renta.
Gracias a éste, personas naturales y comerciantes al por menor, tendrán la posibilidad de afiliarse a caja de compensación y a ARL, de hacer un ahorro para la vejez, de contar con un amparo por muerte y enfermedad grave, de usar datáfonos sin retención en la fuente y, por supuesto, de cumplir la obligación con el fisco.
“El Monotributo reduce costos y trámites para los pequeños empresarios. De tal manera que los invitamos a que se acerquen a estas capacitaciones para conocer estas oportunidades en detalle”, agregó la ministra Gutiérrez.
Por ejemplo, un contribuyente que se acoja a El Monotributo y que tenga ingresos brutos anuales que oscilen entre $46’418.000 y $69’627.000, deberá pagar cada año por este gravamen $530.496. De esta suma, $397.872 corresponden a impuestos y los $132.624 restantes constituyen el aporte realizado a ahorros para la vejez a través de los Beneficios Económicos Periódicos (BEPS).
Durante las jornadas de capacitación, los asistentes también recibirán asesorías para expedir su Registro Único Tributario (RUT) e inscribirse al sistema de BEPS. También se recordará que el plazo para acogerse al monotributo vence el 31 de marzo de 2018.
Categorías
Para el pago de este impuesto se tienen tres categorías. En la categoría A, están las tiendas o los almacenes que tienen ingresos por $41 millones anuales; estos pagarán un monotributo de $40.000 pesos.
Si está en la categoría B, son los que tienen ingresos anuales de $62 millones y deberán pagar un monotributo de $60.000 mensuales.
Pero si los ingresos son de $83 millones, deberá pagar un monotributo de $80.000 mensuales y pertenecería a la categoría C.
A juicio de los analistas, no se trata de un nuevo impuesto sino de una alternativa para simplificar el pago. Si la persona factura menos de $40 millones anuales no debe pagar el impuesto.