Los productos que bajarían de precio por los días sin IVA | El Nuevo Siglo
Foto Diana Rubiano - El Nuevo Siglo
Jueves, 22 de Julio de 2021
Redacción Web

El éxito de la iniciativa de los tres días sin IVA en el 2020 que permitieron aportar a la reactivación económica llevó a que el Gobierno la incluyera en la recién presentada nueva reforma tributaria.

En primer lugar, el proyecto de ley detalla que los días sin IVA que podrían ser tres o menos se realizarán cada año y no como una estrategia transitoria como se aplicaron en 2020. 

Además,  la reforma propone que "el responsable del impuesto sobre las ventas (IVA) solamente puede enajenar los bienes cubiertos ubicados en Colombia y al detal, de manera presencial y/o a través de medios electrónicos y/o virtuales, y directamente a la persona natural que sea el consumidor final de dichos bienes cubiertos".

Asimismo, señala que será obligatorio expedir factura o documento equivalente, lo cual debe cumplirse mediante los sistemas de facturación vigentes y en donde debe identificarse al consumidor final. 

En ese sentido, dicha factura debe ser emitida en el día en el cual se efectuó la venta, es decir, si está es realizada por comercio electrónico, el documento deberá efectuarse a más tardar a las 10:00 de la mañana del día siguiente al día sin impuesto sobre las ventas (IVA).



Así las cosas, los productos cubiertos con este beneficio deben ser entregados a su comprador o recogidos por el mismo dentro de las dos semanas siguientes, contadas a partir de la fecha en la cual se emitió la factura.

Estos son los productos que estarían incluidos en los días sin IVA: 

  • Vestuario cuyo precio de venta por unidad sea igual o inferior a 20 UVT sin incluir el IVA, es decir, $726.160.
  • Útiles escolares cuyo precio de venta por unidad sea igual o inferior a 5 UVT, sin incluir el IVA, que vienen siendo $181.540.
  • Complementos del vestuario cuyo precio de venta por unidad sea igual o inferior a 20 UVT, sin incluir el IVA. Es decir, $726.160.
  • Bienes e insumos para el sector agropecuario cuyo precio de venta por unidad sea igual o inferior a 80 UVT, sin incluir el IVA. Esto representa $2,9 millones.
  • Electrodomésticos, computadores y equipos de comunicaciones, cuyo precio de venta por unidad sea igual o inferior a 80 UVT, sin incluir el IVA, lo que representa $2,9 millones.
  • Juguetes y juegos cuyo precio de venta por unidad sea igual o inferior a 10 UVT, sin incluir el IVA, es decir, $363.080 (no incluye artículos de fiesta, carnavales y artículos recreativos, programas informáticos ni softwares).
  • Elementos deportivos cuyo precio de venta por unidad sea igual o inferior a 80 UVT, sin incluir el IVA, que son $2,9 millones.