EL NUEVO SIGLO: Las herramientas de inteligencia artificial, ¿en qué pueden ayudar puntualmente para la administración de justicia diaria?
ERNESTO CAVELIER FRANCO: Es una herramienta que podría apoyar la celeridad de los procesos, su organización y mejor administración dentro de cada una de las cortes o juzgados donde se presenten esos procesos.
La herramienta puede apoyar en temas como redacción de documentos, redacción de sentencias, siempre que sean verificadas; por supuesto, para agilizar documentos destinados a dictar una sentencia.
Puede servir como medio de almacenamiento, catalogación y clasificación de documentos que van a incidir en la redacción de sentencias.
ENS: ¿Será efectiva esta herramienta para cumplir con algunas funciones dentro del derecho?
ECF: Las firmas de abogados ya lo están utilizando, de modo que la herramienta está generando beneficios desde ahora para apoyarlos en la redacción de documentos legales para sus clientes y para las cortes donde lleven procesos.
Firmas mundiales tienen su propio software de inteligencia artificial y las están aplicando en sus empresas.
Hay retos de la inteligencia artificial, especialmente en el tema de confidencialidad de la documentación, pero también los temas relacionados con el uso de información de terceros.
Frente a ello, cada firma de abogados que usa la inteligencia artificial tiene que cerciorarse de que la herramienta le dará confidencialidad sobre documentos para sus opiniones legales.
ENS: ¿Cuál ha sido el uso de la IA en Colombia en materia de derecho?
ECF: Todavía estamos empezando en eso. Las firmas que no tienen su propia herramienta están buscando los mecanismos idóneos, en vista de garantizar la confidencialidad de los documentos.
Fenómenos
ENS: Uno de los mayores problemas en la administración de justicia es la morosidad y la congestión de procesos, ¿cómo atacar con IA estos dos fenómenos?
ECF: En el sentido de la sistematización de la justicia. Es bastante grande en Colombia el sistema judicial, pues tiene un sinnúmero de despachos judiciales y una cantidad de casos pendientes.
De modo que la sistematización que pudiera generar la inteligencia artificial y la ordenación de los procesos, además del seguimiento de los mismos en cada juzgado, puede ser muy útil para la celeridad de los procesos, para que se nombren los jueces que se necesiten para que no haya congestión en cada despacho. Así se va a acelerar la aplicación de justicia en el país.
ENS: ¿Las facultades de derecho sí están introduciendo en sus pensum el uso eficiente de las nuevas tecnologías digitales?
ECF: Las facultades de derecho de varias universidades ya están experimentando con la inteligencia artificial, que es uno de los grandes retos de la enseñanza hoy en día.
Primero por los alumnos que la están usando para preparar sus trabajos y presentar exámenes.
Es un reto para las universidades en general y para los profesores mismos, sobre cómo usan esa herramienta tan versátil, tan capaz y tan útil, en una forma que les permita determinar que sus lecciones están siendo aprendidas por los alumnos y cómo pueden calificar los exámenes.
IA generativa
ENS: ¿El usuario de la inteligencia artificial generativa, puede usar libremente el resultado que obtenga de esta herramienta?
ECF: Dependerá de los mismos términos y condiciones de la herramienta de IA que se disponga, pues cuando uno empieza a usar IA, el sistema va a exigir que se registre y que acepte términos y condiciones.
En esos, van a estar las condiciones de uso, los cuales se deben revisar antes de aceptarlos, pues allí es donde se determinará qué se puede usar de la inteligencia artificial generativa.
ENS: ¿La IA puede obtener protección de sus creaciones bajo la ley de Derecho de Autor?
ECF: Es un punto debatido y hay que matizarlo desde varias ópticas. En primer lugar, la Inteligencia Artificial como entidad no existe. No es una persona jurídica, sino un conjunto de herramientas de software que permiten al usuario la posibilidad de acceder a información que el sistema judicial tiene.
Pero, probablemente, es propiedad de una persona o empresa, la cual detenta los derechos sobre el software que provee el servicio. Es quien puede determinar si está interesado o no en presentar dicho software ante la oficina de derecho de autor.
Como un servicio, IA no tendría protección porque no es persona jurídica, no es persona capaz, no se le puede otorgar esa protección. Además, la ley de derecho de autor protege creaciones artísticas, literarias, científicas de personas humanas.
IA generativa
ENS: ¿El usuario de la inteligencia artificial generativa, puede usar libremente el resultado que obtenga de esta herramienta?
ECF: Dependerá de los mismos términos y condiciones de la herramienta de IA que se disponga, pues cuando uno empieza a usar IA, el sistema va a exigir que se registre y que acepte términos y condiciones.
En esos, van a estar las condiciones de uso, los cuales se deben revisar antes de aceptarlos, pues allí es donde se determinará qué se puede usar de la inteligencia artificial generativa.
ENS: ¿La IA puede obtener protección de sus creaciones bajo la ley de Derecho de Autor?
ECF: Es un punto debatido y hay que matizarlo desde varias ópticas. En primer lugar, la Inteligencia Artificial como entidad no existe. No es una persona jurídica, sino un conjunto de herramientas de software que permiten al usuario la posibilidad de acceder a información que el sistema judicial tiene.
Pero, probablemente, es propiedad de una persona o empresa, la cual detenta los derechos sobre el software que provee el servicio. Es quien puede determinar si está interesado o no en presentar dicho software ante la oficina de derecho de autor.
Como un servicio, IA no tendría protección porque no es persona jurídica, no es persona capaz, no se le puede otorgar esa protección. Además, la ley de derecho de autor protege creaciones artísticas, literarias, científicas de personas humanas.