La Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) informó que después de la confirmación de archivo en mayo de este año de la solicitud de licencia ambiental para ampliar la Autopista Norte en Bogotá, no ha recibido una nueva petición por parte de la concesionaria.
El archivo de la solicitud ocurrió porque la información presentada en el Estudio de Impacto Ambiental (EIA) no era suficiente. La ANLA, a través de un documento oficial, confirmó que el proyecto no cumplía con los requisitos técnicos necesarios.
Según la entidad, algunas obras hidráulicas no se encuentran armonizadas con los instrumentos del Ordenamiento Territorial de Bogotá, tal es el caso de las obras de cruce en las quebradas Las Pilas, La Floresta y Novita, ya que sus dimensiones son más pequeñas de lo proyectado en el Plan Zonal del Norte (POZ); además, la quebrada denominada Cañiza, cuya proyección en el Plan Zonal es la reconformación y rehabilitación de dicho cauce, fue desconocida en el EIA presentado por la concesionaria.
Además, las obras presentadas por la concesionaria deben garantizar no solo la conectividad hidráulica entre ambos humedales, sino que se favorezca la conservación de los hábitats y los procesos ecológicos allí presentes. Sin embargo, no fueron desarrollados los estudios hidráulicos requeridos y por tanto no se cuenta con la información que permita verificar que las obras propuestas garanticen la conectividad de los humedales.
La ANLA solicitó concepto técnico a otras entidades sobre el proyecto; entre ellas, la Secretaría Distrital de Planeación, que conceptuó: “los perfiles viales presentados no cumplen con las tipologías urbanísticas establecidas en el actual y anterior Plan de Ordenamiento Territorial de Bogotá, en lo concerniente a franjas funcionales”.
Por su parte, el IDU y el Fideicomiso Lagos de Torca incluyeron observaciones y sugerencias frente al manejo del espacio público, la infraestructura vial requerida en términos de movilidad incluida en el Plan de Ordenamiento Zonal del Norte para el sector de la Autopista, los posibles problemas de inundación y las condiciones de diseño de las obras para los cruces de cuerpos de agua.
Adicionalmente, los sistemas constructivos del proyecto vial no responden a los requerimientos de protección de la red matriz Tibitoc – Casablanca, según el concepto de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá, en el que se solicita que las obras y actividades planteadas para la construcción de la Autopista Norte mantengan unas interdistancias con el derecho de vía de la red de acueducto que el proyecto vial no contempla.
Es importante reiterar, que la decisión de archivo no implica la inviabilidad del proyecto, sino que da la oportunidad a la concesionaria de presentar una nueva solicitud de licencia ambiental cuyo Estudio de Impacto Ambiental cumpla los requisitos legales y subsane las deficiencias de información, de manera tal que esta Autoridad Nacional cuente con los elementos de juicio necesarios para la toma de decisión, lo que a la fecha no ha ocurrido.