Reglamentar derechos laborales para discapacitados pide Consejo de Estado | El Nuevo Siglo
El Consejo de Estado ordenó al Gobierno reglamentar los derechos laborales de las personas con discapacidad. / Foto: Referencia NEA
Lunes, 16 de Diciembre de 2024
Redacción Web

El Consejo de Estado, a través de su Sección Quinta, ordenó al Gobierno emitir los decretos necesarios para garantizar el derecho al trabajo de las personas con discapacidad. En una sentencia emitida el 12 de diciembre de 2024, el alto tribunal revocó parcialmente una decisión del Tribunal Administrativo de Antioquia, que el 13 de noviembre de 2024 había desestimado la acción de cumplimiento presentada por una mujer que solicitaba la implementación del artículo 62 de la Ley 1996 de 2019.

Este artículo establece la obligación del Gobierno de reglamentar medidas que faciliten la inclusión laboral de las personas con discapacidad, promoviendo la creación de unidades productivas y ofreciendo apoyo a las personas con diversas discapacidades, como físicas, intelectuales, psicosociales, auditivas, visuales, autismo y neurodivergencias. La sentencia beneficia especialmente a la comunidad activista y a las organizaciones que defienden los derechos de las personas con discapacidad.

En su fallo, el Consejo de Estado señaló que el Gobierno no ha cumplido con la emisión de los decretos requeridos, los cuales deben asegurar el cumplimiento de los derechos laborales de las personas con discapacidad establecidos en la Ley 1618 de 1993. Entre las medidas que se deben reglamentar, se encuentran:

  • Fomento a la creación de unidades productivas para personas con discapacidad y sus familias, con apoyo financiero a bajas tasas de interés, así como el uso de tecnologías de la información y la comunicación y el diseño de páginas web para la difusión de sus productos.
  • Incentivar los negocios inclusivos y promover el emprendimiento en entidades que favorezcan la independencia de las personas con discapacidad.
  • Incorporación de personas con discapacidad en cargos públicos, con un porcentaje mínimo de contratación en entidades estatales a nivel nacional, departamental y municipal, el cual debe ser publicado al inicio de cada año fiscal.

El Consejo de Estado ordenó al Gobierno que expida la reglamentación faltante en un plazo de cuatro meses, para garantizar que las personas con discapacidad puedan ejercer plenamente sus derechos laborales y participar de manera inclusiva en la sociedad y el mercado laboral.