La Comisión especial para la paz no es indispensable para garantizar el acto legislativo. Así lo sostuvo el exmagistrado del Consejo Nacional Electoral, Antonio José Lizarazo. Señala que bastaba solo con reunir de manera conjunta las Comisiones Primeras de Senado y Cámara para la implementación. Dijo que efectivamente este es uno de los mecanismos que hubiera podido escoger el Presidente de la República.
EL NUEVO SIGLO: ¿Cómo analiza usted el acto legislativo para la paz?
ANTONIO JOSÉ LIZARAZO:Esto le da agilidad en las leyes y en los trámites constitucionales que se requieran para implementar lo acordado en La Habana. En ese sentido el acto legislativo es en esencia una reforma al procedimiento del trámite tanto de leyes como de actos legislativos. Es decir, mantiene como órgano competente para expedir las leyes y para adoptar las reformas constitucionales, mantiene los principios y la esencia de lo que es el trámite legislativo en cuanto a que garantiza la deliberación, garantiza la intervención de los congresistas, respeta el principio democrático y en general satisface todas las exigencias de la función legislativa.
ENS: ¿Qué genera el proyecto?
AJL: Produce una regla especial por medio de la cual pretende garantizar una mayor agilidad en el trámite sin afectar uno de los valores y principios que son esenciales en el procedimiento legislativo. Me parece que es un buen mecanismo, en la medida que garantiza por una parte que el Gobierno pueda presentar las iniciativas, de leyes y de actos legislativos para cumplir lo acordado. Por el otro lado el órgano competente que es el Congreso adelanta el trámite correspondiente, interviene las diferentes fuerzas políticas mediante la creación de una Comisión especial legislativa, que lo que hace es garantizar la agilidad.
ENS: ¿Pero no es absurda la creación de la comisión, no basta con las comisiones primeras?
AJL:Esa es una posibilidad, habría podido el Gobierno acudir al mecanismo del mensaje de urgencia para garantizar un trámite más ágil respecto al proceso ordinario. Pero indudablemente este que se adopta en acto legislativo es mucho más eficiente, pero por el otro lado garantiza un cumplimiento de lo acordado.
ENS: ¿Ve difícil la segunda vuelta del acto legislativo?
AJL:Esa parte ya depende de las fuerzas políticas, de los acuerdos, de la decisión de los partidos frente a esa iniciativa.
ENS: ¿Muchos criticaban que el Congreso era un convidado de piedra?
AJL: La crítica se refiere a una serie de aspectos que cuando uno analiza el proyecto, no encuentra que efectivamente sean ciertas, porque mantiene la competencia del Congreso, es el órgano democrático por excelencia para el trámite legislativo, garantiza la deliberación de las distintas fuerzas políticas, garantiza que las fuerzas minoritarias participen, de acuerdo a las reglas propias del trámite legislativo. En esa deliberación y en la aprobación de esas leyes y lo que se hace es crear un mecanismo de procedimiento, al crear una Comisión que es equivalente a una sesión conjunta de las comisiones primeras de Senado y Cámara para agilizar el trámite del procedimiento, realmente no sacrifica ningún principio, ni ninguna regla esencial en el procedimiento legislativo.
ENS: ¿No era mejor entonces hacerlo solo con las comisiones, sin la creación de la comisión especial?
AJL:Esa es una alternativa, entre las múltiples alternativas que existen para garantizar el trámite más ágil, incluida esa que usted menciona, la de recurrir a la sesión conjunta de las comisiones primeras de Senado y Cámara. El Gobierno, los partidos y el Congreso han decidido adoptar ese mecanismo y que constituye un procedimiento eficiente para la implementación de los tratados.