Si los debates alrededor del proyecto de ley contra el castigo físico a los menores por parte de sus padres han generado muchos puntos de opinión, una polémica derivada de estos apunta a ser tanto a más controversial.
La historia es la siguiente: el proyecto que prohíbe el uso del castigo físico o cualquier tipo de violencia como método de corrección de niños, niñas y adolescentes, radicado el 20 de agosto del año pasado por el representante por Caquetá, Harry Giovanny González, del Partido Liberal, ya está en la Comisión Primera del Senado para tercer debate. Allí tiene ponencia positiva de la legisladora Paloma Valencia, del Centro Democrático.
Precisamente ese jueves la congresista lideró un foro virtual sobre el proyecto de cara al debate en la comisión, que probablemente ocurra la próxima semana.
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Las 60 intervenciones hechas en el foro dejaron en evidencia que no existe alguien que cuestione los daños que pueden ocasionar en los niños el castigo físico y los tratos humillantes, pero también que el debate ha derivado en otro asunto: ¿quién debe decidir sobre la crianza de los niños: los padres o el Estado? La inquietud se sustenta, además, sobre la premisa que la violencia intrafamiliar ya está penalizada en el ordenamiento legal colombiano.
Sobre este punto, congresistas de varias vertientes políticas pidieron tener cuidado con socavar la autoridad de los padres, otorgándole facultades al Estado que pueden ser invasivas del entorno familiar.
Congresistas de varias vertientes políticas pidieron tener cuidado con socavar la autoridad de los padres, otorgándole facultades al Estado que pueden ser invasivas del entorno familiar
Así, por ejemplo, la senadora Esperanza Andrade, del Partido Conservador, destacó que "los principios y valores surgen de la familia. Es importante que los padres sepamos educar y disciplinar. Debemos revisar cuál es el límite para corregir a nuestros hijos".
El senador Iván Name, de la Alianza Verde, sostuvo que si bien “hay que prohibir los tratos degradantes de padres a hijos y entre hermanos, sin embargo no se debe quitar la facultad de corregir dado que es necesario. Debe existir un sano equilibrio”.
Para el senador Carlos Guevara, del partido Mira, "se debe trabajar respecto a lo que establece el proyecto sobre los modelos de crianza"; y para Temístocles Ortega, senador de Cambio Radical, "se debe tener mucho cuidado respecto al planteamiento de las definiciones para no confundir y desconocer derechos".
Que se archive
Pero quienes más duro se han pronunciado han sido los legisladores de Colombia Justa Libres, que han buscado sin éxito hundir el proyecto.
Quienes más duro se han pronunciado han sido los legisladores de Colombia Justa Libres, que han buscado sin éxito hundir el proyecto
Este jueves el senador Eduardo Pacheco manifestó que “la crianza y educación de los hijos son una facultad de los padres como primera autoridad de ellos. La libertad para decidir cómo instruirlos, educarlos y corregirlos con dignidad, tiene que continuar en cabeza de los padres”.
Por su parte, el senador John Milton Rodríguez, copresidente de la colectividad, pidió archivar la iniciativa argumentando que “contradice los principios consagrados en los artículos 42 y 44 de la Constitución Política de Colombia, al regular una intromisión del Estado en la autonomía de los padres y madres en la educación de sus hijos biológicos o de crianza, conforme a sus principios y valores”. Dijo también que la iniciativa “contiene ambigüedad frente a las definiciones de maltrato” e “incluye la prohibición al derecho y deber de crianza de los padres hacia sus hijos”.
Adicionalmente, Rodríguez consideró que el proyecto “reglamenta asuntos ya previstos en los artículos 11, 18 y 39 de la Ley 1098 de 2006 (Código de la Infancia y la Adolescencia) y en diversos tratados internacionales, ratificados por Colombia, generando duplicidad normativa”.
El artículo 18 establece que “los niños, las niñas y los adolescentes tienen derecho a ser protegidos contra todas las acciones o conductas que causen muerte, daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico. En especial, tienen derecho a la protección contra el maltrato y los abusos de toda índole por parte de sus padres, de sus representantes legales, de las personas responsables de su cuidado y de los miembros de su grupo familiar, escolar y comunitario”.
En armonía con lo anterior, precisó el senador Rodríguez, el Código Penal (Ley 599 de 2000), señala en su artículo 229 que “el que maltrate física o psicológicamente a cualquier miembro de su núcleo familiar incurrirá, siempre que la conducta no constituya delito sancionado con pena mayor, en prisión de 4 a 8 años”.
Sin violencia
Frente a estos argumentos, el representante por Antioquia, Julián Peinado, del Partido Liberal, uno de los ponentes de la iniciativa en la Cámara, le dijo a EL NUEVO SIGLO que “no es cierto que el proyecto de ley de prohibición del castigo físico busque establecer un modelo de crianza estatal”.
“Los padres podrán seguir inculcando las creencias y principios que a bien tengan dentro de su autonomía familiar. Lo que buscamos es proporcionar herramientas a las familias que permitan erradicar el uso de la violencia desde los hogares”, precisó.
“¿Por qué no seguir educando con violencia? Porque se ha demostrado científicamente que ésta trae consecuencias negativas para el desarrollo integral de los niños y niñas. Esta propuesta va de acuerdo también al derecho a la integridad personal y el reconocimiento a la dignidad humana de niños y niñas, que implica la protección contra el maltrato y los abusos establecido en el artículo 18 del Código de la Infancia y Adolescencia”, explicó.
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El representante Peinado expuso que el Comité internacional de los Derechos del Niño, en la Observación 13, es específico “al indicar que los Estados firmantes están en la obligación de eliminar de la legislación toda justificación del uso de los castigos físicos como una corrección ‘razonable’ en cualquier entorno e incluir la prohibición expresa en la legislación”.
El congresista indicó que “la Convención de los Derechos del Niño es el tratado de derechos humanos que más países han ratificado en la historia. Hasta noviembre de 2005 un total de 192 países se habían convertido en Estados Partes de dicha Convención, que incluye esas directrices que le menciono y no por eso ‘se ha establecido un modelo de crianza estatal’. Ese argumento que presentan quienes se oponen a nuestro proyecto recurre al miedo, a la falacia, y no corresponde con la realidad del texto e intención del proyecto”.
La Alianza por la Niñez Colombiana, conformada por 20 organizaciones, ha respondido que si bien el Código de la Infancia y la Adolescencia dice que los niños deben ser protegidos contra todo tipo de violencia, la gente considera que el castigo físico o humillante no es violencia.
“La ley tiene por objetivo regular el comportamiento de las personas dentro de una sociedad. Ante los altos índices de violencia contra los niños debemos crear acciones afirmativas como esta ley de prohibición de castigo físico. Prohibir explícitamente, plasmar positivamente en una ley, que ni una palmada es justificable en contra de los niños y las niñas, es el primer paso para dejar de justificar la violencia en su contra", explicó la Alianza en un comunicado reciente.
"Las personas adultas consideran violentísimo que les propinen una palmada, un coscorrón o el encerramiento, pero cuando es en contra de la niñez lo consideran educativo. Hay que prohibir explícitamente para abrir caminos para la pedagogía hacia el cambio”, agregó el texto.
“Defendemos la libertad de los padres a educar a sus hijos conforme a sus convicciones y principios”: senador Carlos Acosta
El debate ya se había suscitado en el trámite del proyecto en la Cámara. Así lo recordó el representante por Bogotá, Carlos Eduardo Acosta, de Colombia Justa Libres, señalando que “durante la legislatura pasada luchamos para no se nos imponga un modelo estatal de crianza”. Sostuvo que “defendemos la libertad de los padres a educar a sus hijos conforme a sus convicciones y principios”.
El representante González ha precisado, al defender la iniciativa, que “participar en la crianza y formación de un hijo es complejo. En muchas ocasiones la respuesta de los padres y de la persona encargada del cuidado personal del niño es reaccionar con un castigo físico, frente a una acción cuestionable del menor de edad. Es común recurrir a la correa, la chancleta, el rejo, el planazo, el pellizco y hasta la varita de la corrección, como un asunto meramente cultural y social, necesario para disciplinar”.
En todo caso, planteó el representante González, “con esta idea promovemos una transformación cultural, por ello se da un mandato al Gobierno nacional para que desarrolle una estrategia nacional pedagógica y de prevención, que logre sustituir el castigo físico, por prácticas de disciplina y crianza sin violencia”.