La Corte Suprema de Justicia ratificó competencia de la Jueza 30 de Garantías de Bogotá para resolver solicitud de libertad de defensa del exsenador Álvaro Uribe. Proceso debe continuar por Ley 906 de 2004.
@CorteSupremaJ ratifica competencia de jueza 30 de Garantías de Bogotá para resolver la petición de libertad del exsenador @AlvaroUribeVel dentro del proceso por soborno y fraude procesal. Diligencias que deberán continuar por sistema acusatorio o Ley 906 de 2004.
— Corte Suprema de Justicia (@CorteSupremaJ) October 5, 2020
Desde la primera audiencia ante esta juez de Control de garantías quedó establecido que había dos interpretaciones sobre el régimen aplicable.
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Por un lado, tanto el fiscal del caso, Gabriel Jaimes, como la delegada de la Procuraduría, María Lourdes Hernández, así como el abogado defensor, Jaime Granados, reiteraron que el proceso debe regirse por la Ley 906 de 2004, base del sistema penal acusatorio, bajo el cual se adelantan todos los procesos en la Fiscalía.
Mientras que el abogado Reynaldo Villalba, apoderado del senador del Polo, Iván Cepeda, constituido en parte civil; así como el expresidente de la Corte Constitucional y ex fiscal general, Eduardo Montealegre, y el ex vicefiscal Fernando Perdomo (quienes piden que se les reconozca como víctimas) sostienen que si bien el proceso fue trasladado por la Corte Suprema al ente acusador, el régimen penal no tiene por qué cambiarse.
En ese orden de ideas, habían insistido en que el exmandatario debe seguir siendo juzgado bajo la ritualidad procesal de la Ley 600 de 2000, es decir por el Código de Procedimiento Penal.
Desde ese entonces, la jueza 30 de control de garantías decidió solicitar a la Corte estudiar la solicitud de que el expediente continuará desde el mismo punto y con la validez procesal que llegó a la Fiscalía cuando se lo remitió la Sala Especial de Instrucción del alto tribunal.
El penalista Granados había señalado que si la investigación en contra de su cliente continúa por Ley 904, Uribe debe quedar en libertad inmediata porque bajo esa norma no ha sido imputado, pues argumentó que sería ilegal la privación de la libertad que tiene el exsenador.
De igual manera, dijo que de aplicar el Sistema Penal Acusatorio, el fiscal del caso tendría un amplio margen de maniobra para pedir nuevas pruebas y testimonios, hasta pedir la preclusión del proceso.