ALFONSO ORDUZ DUARTE | El Nuevo Siglo
Sábado, 17 de Marzo de 2012

Dura es la Ley pero es Ley

Los embajadores, representantes del pueblo y del Gobierno ante los países amigos, constituyen ante el Gobierno donde están acreditados, una elite que es tomada en alta consideración oficial y social. De ahí que previamente a la designación de un embajador su nombre es puesto a consideración del Gobierno ante el cual va a desempeñarse; se entiende que la persona no es aceptada si después de un determinado tiempo no ha habido respuesta. El cuerpo diplomático, como suele denominarse al conjunto de personas que representan a los países amigos, constituye un grupo de personas que se hacen amigos entre sí en el desempeño de sus tareas. Las normas de comportamiento son severas, las cuales deben ser siempre observadas. En otras palabras, el llamado cuerpo diplomático se convierte en una comunidad dentro de la cual sus miembros, aun con las diferencias que puedan existir entre los países que representan, son siempre cordiales y amables.
La carta de presentación que usan los presidentes de Colombia dirigida al jefe de Gobierno ante el cual va el embajador designado tiene una preciosa redacción que en una parte dice, refiriéndose a la persona que presenta: “... a quien ruego dar entera fe y crédito a cuanto él diga, en nombre de Colombia y su Gobierno…”. Quienes hemos tenido el honor de ser presentados en términos tan obligantes como estos, nos hemos sentido comprometidos tanto con el propio Gobierno representado como con el donde se van a desempeñar las tareas de embajador. De ahí la prudencia con la cual se deben realizar las tareas. Los embajadores están rodeados de un hálito digamos de majestad, si vale la expresión, por la representación que se lleva, así como la responsabilidad que ésta lleva consigo.
Ha llenado de honda pena y dolor, sentimientos próximos a la vergüenza patriótica, la situación en la cual ha quedado el país con la orden de captura de la cual ha sido objeto nuestro representante en Perú. Seguramente la ortodoxia en los procedimientos judiciales indica que esta providencia ha debido tomarse, pero ¿no podría haberse optado por otro expediente que nos evitara la vergüenza? Teniendo en cuenta que ningún funcionario público en uso de sus funciones puede ser detenido en casos como este, bien hubiera podido optarse por dictar la orden de captura y obtener así su separación del cargo del sindicado, que fue lo que se hizo, o advertir, en esta caso a la Cancillería, a lo que se había hecho acreedor el embajador y así esta parte del Poder Ejecutivo, respetuoso como es de la ley, facilitara el cumplimiento de la misma.
En fin, como dicen los juristas, dura es la ley pero es la ley. Así lo está demostrando el Poder Judicial ante la comunidad internacional.

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Debo expresar mi sentimiento de pesar y duelo por la desaparición de Fernando Hinestrosa, mi amigo y compañero desde las aulas del Colegio de San Bartolomé.