FERNANDO NAVAS TALERO | El Nuevo Siglo
Martes, 20 de Marzo de 2012

BITÁCORA DE LA COTIDIANIDAD

Defensa jurídica del Estado

Desde  esta columna, el 7 de octubre de 2009, con ocasión de la amenaza que se cierne sobre el Tesoro Público, a consecuencia de las innumerables demandas interpuestas en su contra, se dijo:

“El desconocimiento de la ley, el abuso de la autoridad, los procedimientos administrativos equivocados y otras causas de la misma índole, sumadas a la intransigencia de la administración y al retardo de los procesos judiciales, constituyen una bomba de tiempo que puede llevar al Estado a la bancarrota. Y no se diga que el problema radica en que la defensa que hacen los abogados que representan los intereses públicos no es eficiente. Sencillamente es que hay casos en los cuales no hay argumento que sirva para eludir la responsabilidad, pues las actuaciones de los administradores son tan arbitrarias que no hay razón que valga para su justificación.

Muchas fórmulas se proponen para atender esta grave situación. Se sugiere organizar una oficina nacional, centralizada, que se encargue de atender la defensa de estas causas, sin embargo, en principio, la solución sería de otro orden. Exigirles a las autoridades respeto por el derecho del ciudadano y hacer efectivas las normas disciplinarias que comprometen al funcionario. Esa es una de las funciones de la Procuraduría”.

Olvidan los burócratas que a partir de la reforma del 91 el Estado Social de Derecho asume un mayor compromiso con los gobernados y que esa responsabilidad no es, precisamente, un homenaje a la bandera. El artículo 89 de la Carta es clarísimo al respecto: “El Estado responderá patrimonialmente por los daños antijurídicos que le sean imputables, causados por la acción o la omisión de las autoridades públicas”.

El Gobierno ha decidido, ahora, organizar la Agencia de Defensa Jurídica del Estado, encargándosela al exconstituyente Fernando Carrillo Flórez, quien de entrada ha expresado que el meollo del asunto radica en que los abogados encargados de defender la causa pública no dan la talla. Sin descartar que sea esta una de las causas de las millonarias condenas, no se debe suponer que sea esta la regla general. Hay que admitir, si de rectificar se trata, que desde los primeros años de la República a hoy, las autoridades colombianas se acostumbraron a la arbitrariedad, suponiendo, como Luis XIV, que ellas son inmunes.

Si se aplicara con rigor y sin contemplaciones el segundo apartado del artículo 89 atrás invocado y se exigiera responsabilidad patrimonial a los autores de los atropellos que dan origen a las condenas al Estado, otro gallo cantaría. Lamentablemente los funcionarios se acostumbraron al ejercicio arbitrario de la autoridad y los ciudadanos, con la Carta del 91, están aprendiendo a hacer valer sus derechos. Una actitud que cada vez es más frecuente. Afortunadamente los jueces y los abogados litigantes son conscientes de la tarea que les corresponde para hacer del Derecho una realidad tangible.