RAFAEL NIETO NAVIA | El Nuevo Siglo
Martes, 20 de Marzo de 2012

De la reforma al fuero militar

El Gobierno acaba de presentar al Congreso el proyecto de reforma constitucional al fuero militar, preparado por un grupo conformado por personas de distintos matices, exmagistrados, militares en retiro y un experto en Derecho Internacional Humanitario (DIH). Sorprende que hubieran llegado a un acuerdo, pero lo hicieron. El proyecto amerita revisión por el Congreso para que todas las infracciones al DIH y al derecho de guerra sean de competencia de la Justicia Penal Militar reformada y no haya excepciones.
Mientras políticos y miembros de ciertas ONG, que no prestaron servicio militar y han logrado que sus hijos tampoco, se apoltronan a estudiar cómo frenar a los soldados, estos, que son los que le ponen el pecho a las balas, piensan que no tiene sentido que, por cumplir con su deber, los lleven a la cárcel. Hoy hay más militares que guerrilleros empapelados. Manes de las Farc, el Eln y el PCCC.
El artículo 221 actual de la Constitución es bastante claro: “De los delitos cometidos por los miembros de la fuerza pública en servicio activo, y en relación con el mismo servicio, conocerán las cortes marciales o tribunales militares”. Pero la Corte Constitucional se encargó de modificarlo por vía de interpretación y, luego, el ministro de Defensa, Camilo Ospina,  hizo un “pacto” con el fiscal Mario Iguarán para que todo pasara a la justicia ordinaria, excepto la desobediencia, levantarse tarde o moverse cuando están firmes. Es increíble que la Constitución, la norma de normas, que debe ser acatada por todos, sea modificada por una corte, un ministro y un fiscal y todo el mundo se quede tan tranquilo. Hay algo podrido en Dinamarca, como se lee en Hamlet.
Todo por la confusión que existe entre la protección de los derechos humanos (DD.HH.) y las normas de guerra y el DIH. De la primera jueces y magistrados han ido aprendiendo algo pero de las segundas no saben nada.
De las  violaciones a los DD.HH., que se aplica en tiempo de paz y también en tiempo de guerra en lo que no tenga que ver con operaciones militares, es responsable el Estado. De las infracciones al DIH son responsables los combatientes. Ambos derechos, por supuesto, tienen que ver con la protección de la población civil y de los no combatientes.
Decir, como lo dijo la Corte Suprema, que el computador de “Reyes” no fue una prueba conseguida legalmente porque se obtuvo en una operación de combate, no había un agente del CTI tomando nota y no se aplicó un tratado inaplicable, muestra una ignorancia supina de las normas de guerra. Ordenar que antes de entrar en combate un oficial tenga que gritar al enemigo que se entregue, es una sandez de tamaño heroico. Por eso se requieren tribunales especializados, como existen en cualquier país civilizado.
Coda. Se aplazó por enésima vez la adjudicación del tercer canal. Lo que necesitamos es libertad de canales y suprimir esa cosa que llaman Comisión Nacional de Televisión.