EL DECRETO 1609 del 27 de diciembre de 2024 establece que, desde el primero de enero, los avalúos catastrales para inmuebles urbanos tendrán un incremento del 3%, teniendo en cuenta que esa es la cifra de la meta de inflación proyectada por el Banco de la República para la vigencia de 2025.
Este incremento también aplica para predios rurales, excepto si realizan actividades agropecuarias, de acuerdo con el decreto los registrados en la base catastral con destino económico agropecuario, agrícola, pecuario, acuícola, agroindustrial, agroforestal e infraestructura asociada a la producción agropecuaria.
El catastro es el inventario o censo de los bienes inmuebles localizados en el territorio nacional. A través de este mapa se determina el avalúo catastral, es decir, una estimación de valor de un predio que no puede ser inferior al 60% del valor comercial ni superarlo. Esta cifra es la base para el cálculo del impuesto predial.
Sin embargo, a los predios con avalúos formados o actualizados en 2024 o aquellos que hayan quedado sujetos al ajuste automático del año pasado no les aplicará este reajuste, pues para ellos aplica la metodología del Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC).
Por su parte, en Bogotá, el reajuste se hará según índices de valoración específicos. Los catastros descentralizados podrán optar por un índice diferencial acorde al uso de los predios.
Vale recordar que el avalúo catastral se reajusta anualmente según el artículo 8 de la Ley 44 de 1990, modificado por la Ley 242 de 1995. Aunque la inflación registrada a noviembre de 2024 por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE) fue del 5,2%, no aplica el incremento extraordinario contemplado por la ley, pues la diferencia acumulada no supera los cinco puntos porcentuales.
Por otro lado, los predios rurales dedicados a actividades agropecuarias seguirán la metodología de actualización que utiliza el Índice de Precios al Productor Agropecuario (IPPA), que en 2024 presentó un aumento del 12,66%.
Es recomendable que los contribuyentes consulten con las autoridades catastrales locales y se informen sobre posibles programas de alivio o facilidades de pago que puedan estar disponibles, especialmente en casos donde los incrementos puedan representar una carga financiera significativa.
Para obtener información detallada y personalizada sobre el avalúo catastral y el impuesto predial, los propietarios pueden acceder a plataformas en línea proporcionadas por las autoridades catastrales,