Para fortalecer la competitividad de las exportaciones nacionales y estimular la economía, el Gobierno promulgó la reglamentación del Certificado de Reembolso Tributario (CERT). Este decreto, que entró en vigencia a partir del 1 de enero de 2025, busca fomentar la producción y exportación de bienes y servicios con valor agregado mediante la devolución parcial de impuestos indirectos pagados por los exportadores.
¿Qué es el CERT?
Es un mecanismo creado inicialmente en 1983 bajo la Ley 48 y luego ratificado por la Ley 7 de 1991 como un instrumento de promoción de exportaciones. Según el documento más reciente, el CERT será un instrumento libremente negociable que podrá utilizarse para el pago de impuestos como:
-
Impuesto sobre la renta y complementarios.
-
Gravámenes arancelarios.
-
Impuesto sobre las ventas (IVA).
La devolución se hará en proporciones que oscilan entre el 3% del valor FOB de las exportaciones de bienes y el 2% para servicios, siempre que incorporen innovación, tecnología y valor agregado, según lo dispuesto en el artículo 9 del decreto.
Detalles clave de la reglamentación
El decreto detalla los criterios, requisitos y procedimientos necesarios para acceder al CERT. Entre ellos se encuentran:
-
Requisitos para exportadores:
-
Estar inscritos en el Registro Único Tributario (RUT) como usuarios aduaneros en calidad de exportadores.
-
Poseer un Registro de Productores de Bienes Nacionales, en el caso de bienes.
-
Para los servicios, contar con la documentación que acredite la exportación efectiva bajo las modalidades descritas en el artículo 7 del decreto.
-
-
Beneficios y exclusiones:
-
Serán elegibles los bienes producidos en Colombia y los servicios definidos en la Clasificación Internacional Industrial Uniforme (CIIU).
-
No aplicará para exportaciones hacia países de la Comunidad Andina (CAN) ni a Venezuela.
-
Tampoco se beneficiarán las exportaciones realizadas desde zonas francas, reexportaciones o exportaciones temporales.
-
-
Modalidades de exportación:
-
Modo I: Del territorio colombiano al de otro país.
-
Modo II: En Colombia para consumidores extranjeros.
-
Modo IV: Prestación temporal en el extranjero por personas naturales.
-
Impacto económico proyectado
El Consejo Superior de Política Fiscal (CONFIS) ha estimado un costo fiscal de 1,5 billones de pesos colombianos para la implementación del CERT en el periodo 2025-2026. Según el decreto, este gasto busca diversificar la matriz productiva nacional, reduciendo la dependencia de sectores como el petróleo y el carbón, y promoviendo actividades económicas basadas en el conocimiento y la innovación.
"La promoción de las exportaciones de bienes y servicios que incorporen tecnología es vital para garantizar la competitividad y eficiencia de las empresas colombianas en sectores que impulsen un crecimiento económico sostenido", señala el documento oficial.
Sectores beneficiados
Entre los bienes y servicios que podrán acceder al CERT se encuentran:
-
Bienes: Productos definidos en un extenso listado de subpartidas arancelarias anexadas al decreto.
-
Servicios: Actividades como desarrollo de software, mantenimiento especializado, servicios audiovisuales, educación y salud, siempre que cumplan con estándares de calidad e innovación.
Un marco para la transparencia y la eficiencia
El decreto también establece controles para garantizar el adecuado uso del CERT:
-
La Dirección de Comercio Exterior será responsable de verificar el cumplimiento de los requisitos y realizará auditorías periódicas.
-
Los certificados tendrán una vigencia de dos años y podrán ser negociados en el mercado secundario durante ese periodo.
-
En caso de irregularidades, se contemplan sanciones, incluyendo la suspensión del derecho al CERT por hasta dos años.