EL NUEVO SIGLO: El Procurador General de la Nación señaló recientemente que 91 entidades del Gobierno nacional deberán proveer, previo concurso, empleos que se encuentran en provisionalidad y asegurar que en 2022 el 100% de esas plazas estén ocupadas por servidores de carrera. ¿Cómo va ese proceso?
FERNANDO GRILLO: Al inicio de este Gobierno encontramos ocho concursos suspendidos y nueve demandados que afectaban directamente al mérito y, en especial, a más de 28.000 colombianos que superaron satisfactoriamente todas las etapas y ganaron el concurso. A la fecha este problema se superó, el Consejo de Estado levantó la suspensión lo que ha permitido nombrar a quienes ocuparon el primer lugar en el concurso en entidades del nivel nacional y territorial. En el acta las entidades del orden nacional que tienen empleos provistos con nombramientos provisionales se encuentran planeando los concursos con la Comisión Nacional del Servicio Civil y separando los recursos para su financiación, tal como lo ordena el artículo 133 del Plan Nacional de Desarrollo. Así mismo, la CNSC se encuentra programando las convocatorias para los municipios de 5 y 6 categoría los cuáles se van a convocar en 2020.
ENS: ¿Actualmente, cuántos funcionarios tiene el Estado? ¿Cuántos de ellos son de planta y cuántos provisionales?
FG: A la fecha tenemos 1.198.834 servidores públicos en el Estado, incluidos militares y docentes. Provisionales en la rama ejecutiva del orden nacional hay 30.350 y en orden territorial de acuerdo con la proyección 99.792.
ENS: ¿Y cuántos contratos de prestación de servicios hay?
FG: Según datos de la Agencia Nacional de Contratación Colombia Compra Eficiente, con corte al 31 de marzo de 2019, Colombia cuenta con 244.668 contratos de prestación de servicios, de los cuales 69.301 corresponden a entidades del orden nacional y 175.975 a entidades del orden territorial.
ENS: ¿Qué se está haciendo para reducir los contratos de prestación de servicios en el Estado y promover la formalización del empleo público?
FG: En el Pacto por el Mérito se acordó un trabajo coordinado de todas las entidades competentes del Gobierno nacional, firmantes de esta Acta, para revisar contratos de prestación de servicios en el Estado y la promoción de la formalización del empleo público a costo cero. Este pacto constituye un compromiso del Gobierno nacional para darle continuidad a las políticas de empleo público y de gestión estratégica del talento humano.
ENS: ¿Nos podría comentar cómo trabaja la Mesa para la Meritocracia del Empleo Público?
FG: La Procuraduría General de la Nación, en el marco de su función preventiva, convocó en el mes de enero la Mesa de la Meritocracia en el Empleo Público para analizar con los actores competentes, entre otros temas, las condiciones de la carrera administrativa y de la diplomática y consular. La Mesa está integrada por representantes del Gobierno Nacional (Ministerio de Relaciones Exteriores, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, el Departamento Administrativo de la Función Pública, la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, la Secretaria de Transparencia de la Presidencia de la República) y de la Comisión Nacional del Servicio Civil, con la coordinación de la Procuraduría Delegada de Vigilancia Preventiva para la Función Pública, la participación de las Procuradurías Delegadas Auxiliar para Asuntos Constitucionales. Uno de los compromisos de Función Pública en el Pacto por el Mérito, como líder de la política de empleo público, es brindar asesoría en los temas relacionados con las convocatorias a las entidades para garantizar que cuenten con manuales de funciones y competencias laborales actualizados, que eviten dilatar o entorpecer los procesos de selección.
ENS: ¿Qué contempla la ley de modernización del empleo público recientemente firmada?
FG: El Presidente de la República sancionó el pasado 27 de junio la Ley 1960 que introduce cambios importantes a las disposiciones de la Ley 909 de 2004, que regula el empleo público, la carrera administrativa y la gerencia pública, y al Decreto Ley 1567 de 1998.
Esta reforma permite la movilidad en la carrera de los servidores públicos, a través de concursos cerrados de ascenso. También promueve la movilidad para que el servidor público de carrera administrativa pueda tener estímulos económicos que lo lleven a mejorar su rendimiento, eficiencia y desempeño, sin que esto implique un cambio de empleo.
Así mismo, viabiliza el derecho a la capacitación para los empleados provisionales y busca aplicar el concurso de méritos mixto, estableciendo la posibilidad de convocar a concurso cerrado o de ascenso el 30% de las vacantes a proveer y por concurso abierto el 70% de las vacantes restantes.
Esto responde a una de las estrategias de este Gobierno en materia de Empleo Público que tiene como objetivo la reducción de la provisionalidad tanto en el nivel nacional como en el territorial, como se prevé en el artículo 263 de la Ley del Plan Nacional de Desarrollo.
ENS: ¿A cuántas personas beneficiaría?
FG: Esta reforma al empleo público tiene proyectado beneficiar a 250.000 servidores públicos.
ENS: ¿Cómo se realizarían los concursos de ascenso?
FG: Del número de vacantes que tenga el sector administrativo se deberán convocar a concurso cerrado el 30% de los empleos, cuando existen servidores públicos con derechos de carrera general o en los sistemas específicos o especiales de origen legal, que cumplan con los requisitos y condiciones para el desempeño de los empleos convocados a concurso. Y el número de servidores con derechos de carrera en la entidad o en el sector administrativo que cumplen con los requisitos y condiciones para el desempeño de los empleos convocados a concursos es igual o superior al número de empleos a proveer.
ENS: ¿Cuándo empezarían estos concursos?
FG: A partir de la vigencia de la Ley 1960 de 2019, es decir a partir del 27 de junio las entidades y la Comisión Nacional del Servicio Civil deben cumplir lo señalado en la ley frente a los nuevos concursos.
ENS: ¿Qué contempla la ley para los provisionales?
FG: A los provisionales se les va a dar el derecho a concursar para los empleos que vienen ocupando o también podrán concursar en otros empleos en donde cumplan con los requisitos para su desempeño. Así mismo, la ley trae un beneficio para estos servidores y es que pueden acceder a los planes de capacitación y bienestar que adelanten las entidades sin ninguna limitación.