La Superintendencia Financiera de Colombia (SFC) recuerda a los afiliados a Colpensiones que no estén en régimen de transición y que tengan ingresos superiores a 2,3 salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV) que deben seleccionar una Administradora del Componente Complementario de Ahorro Individual (ACCAI).
Así quedó establecido en el nuevo sistema de protección social integral para la vejez, invalidez y muerte de origen común (Ley 2381 de 2024), en el que se fijó un plazo de seis meses contados a partir del 16 de julio del 2024 para que, quienes cumplan los requisitos mencionados, puedan elegir libremente su ACCAI.
El plazo vence el próximo 16 de enero para que los afiliados cobijados con la nueva Ley seleccionen su ACCAI. En caso de que no realicen este procedimiento, les será asignada una de manera aleatoria a través del mecanismo que defina el Gobierno nacional.
¿Qué son las ACCAI?
Las Administradoras del Componente Complementario de Ahorro Individual (ACCAI) son nuevas entidades en el sistema de pensiones, creadas por la reforma pensional implementada bajo la Ley 2381 de 2024. Su principal función es administrar los ahorros de los trabajadores que ganan más de 2,3 salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV). Esto significa que si su salario supera este monto, los aportes que excedan esa cantidad serán gestionados por una ACCAI.
Estas permitirían una gestión más especializada y competitiva de los fondos, lo que puede resultar en mejores rendimientos para los afiliados.
Entidades que brindan el servicio de ACCAI
Hasta ahora, las siguientes entidades han sido autorizadas como ACCAI:
- Colfondos
- Porvenir
- Protección
- Skandia