Una infamia
En el sistema jurídico colombiano están garantizados de manera expresa los derechos fundamentales de los niños y su carácter prevalente, entre ellos el de ser protegidos contra toda forma de explotación laboral, económica o por trabajos riesgosos.
Téngase en cuenta que, al respecto, según el artículo 44 de la Constitución, cualquier persona puede exigir de la autoridad competente su cumplimiento y la sanción de los infractores.